La tradición es un elemento fundamental en la cultura española. A lo largo de los siglos, miles de pueblos y ciudades han mantenido vivas sus costumbres y celebran cada año sus fiestas patronales con gran entusiasmo. Entre estas tradiciones se encuentra una de las más emblemáticas y controvertidas: las corridas de toros.
Esta actividad, que tiene sus raíces en la Edad Media, ha sido parte de la vida española durante siglos y continúa siendo una de las expresiones culturales más representativas de nuestro país. Sin embargo, no todos están de acuerdo en su práctica y cada vez hay más voces que piden su abolición. A pesar de estas diferencias, lo cierto es que las corridas de toros son una profesión que mueve grandes cantidades de dinero y que cuenta con un convenio colectivo que establece los sueldos de los trabajadores del mundo taurino.
El VI Convenio Colectivo Nacional Taurino, en acento hasta el 31 de diciembre de 2025, es el documento que regula los salarios de los toreros y otros miembros de la partida, como banderilleros, picadores y rejoneadores. Este año, como cada cinco años, se han actualizado las tablas salariales, que fueron publicadas en el BOE el pasado 18 de febrero. En estas tablas se establecen los sueldos mínimos para cada categoría profesional y se tienen en cuenta factores como la categoría de la plaza donde se celebra el evento o la figura del torero.
Según estas tablas, un banderillero del grupo A en una plaza de primera categoría puede cobrar un mínimo de 1.883 euros por un evento. En contraste, un banderillero de los grupos B y C en una plaza de cuarta categoría tiene como mínimo un salario de 928 euros por evento. También se estipulan las cantidades para los banderilleros 3º. Es importante destacar que estas cifras son para eventos con matadores de toros en corridas de toros, ya que existen otros mínimos para eventos con rejoneadores o novilladas de rejones.
Además de los salarios mínimos establecidos en el convenio, también hay otros factores que influyen en los honorarios de los trabajadores taurinos. Uno de ellos es la categoría de la plaza, que se define en función de la tradición, el número y el tipo de espectáculos que se celebran en ella. Por ejemplo, las plazas de primera categoría son las de Madrid, Sevilla, Córdoba, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Bilbao, San Sebastián, Pamplona y Málaga. Las de segunda categoría son todas las capitales de provincia que no forman parte del primer grupo, además de algunas plazas como la de Vista Alegre (Madrid), Colmenar Viejo (Madrid), Aranjuez (Madrid), Gijón, Algeciras (Cádiz), Jerez de la Frontera (Cádiz), El Puerto de Santa María (Cádiz), Linares (Jaén), Plasencia (Cáceres), Mérida (Badajoz), Cartagena (Murcia) y Olivenza (Badajoz). Las plazas de tercera categoría son aquellas que no están incluidas en las dos anteriores, entretanto que las de cuarta categoría son las portátiles no fijas.
Otro factor que influye en los honorarios de los trabajadores taurinos es la figura del torero. Como en cualquier profesión, la experiencia y el reconocimiento pueden hacer que los honorarios sean mayores. Esto se ve reflejado en el convenio, donde se establecen los mínimos salariales para las distintas categorías de toreros, desde los más novatos hasta las figuras de primer nivel.
A pesar de las críticas y la lid que rodean a las corridas de toros, lo cierto






